25 agosto 2009

Proyecto de ley

PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA

PROVINCIA DE SALTA, SANCIONAN CON FUERZA DE



L E Y:

Artículo 1: Disponer la realización de un revalúo general de los inmuebles rurales y sub rurales con una superficie de 500 (quinientas) hectáreas o mayor, dentro de los 180 días de promulgada la presente



Artículo 2: Modifíquese el inciso b del artículo 140 del Código Fiscal de la Provincia (Dcto Ley 09/75), el que quedará redactado de la siguiente manera;



b) Para las parcelas sub-rurales y rurales la valuación corresponderá al 80% del promedio de los valores de mercado de los cinco años previos a la fecha en que se realice la valuación general.





Artículo 3: La diferencia de recaudación del Impuesto inmobiliario rural entre la que se obtenía antes de la nueva valuación y la obtenida a partir de la aplicación de la presente será destinada exclusivamente a obras de infraestructura habitacional, sanitaria y educativa.



Disposiciones transitorias



Artículo 4: Hasta que se efectivice la nueva valuación, el valor fiscal de los inmuebles rurales o sub rurales a los que se refiere el Art. 1 de la presente, se considerará en un monto en dólares equivalente al monto en esa moneda asignado en la oportunidad de la ultima valuación o su equivalente en pesos a la fecha de pago del impuesto.





Artículo 5: De forma.



Fundamentos:



El presente proyecto de ley viene a modificar una situación de obscena injusticia en la provincia. Es decir viene a terminar con el hecho de que los grupos concentrados de la economía del campo paguen el impuesto inmobiliario rural al valor real de la tierra, que en promedio es por lo menos 60 (sesenta) veces superior al valor fiscal que hoy tienen sus tierras.

La última valuación fue hecha en la década del 70 cuando la mayoría de los inmuebles que hoy están en explotación no lo estaban, por lo que los valores fiscales sobre los que se calcula el impuesto inmobiliario rural son irrisorios. De ahí que con aproximadamente un millón y medio de hectáreas en producción en la provincia, solo se prevé recaudar apenas $9.422.800 (nueve millones cuatrocientos veintidós mil ochocientos pesos). Es decir un promedio de $0,52 (cincuenta y dos centavos) por hectárea por mes.

Cualquier trabajador de la provincia que tenga la posibilidad de poseer una vivienda paga más de impuesto inmobiliario urbano que los grupos económicos que, solo en 2008, han facturado más de 700 (setecientos) millones de dólares.

En la actualidad los principales grupos exportadores de granos pretenden avanzar aún más con la frontera agropecuaria a costa de una mayor depredación del ambiente y de la expulsión de campesinos y comunidades originarias.

El presente proyecto plantea comenzar con un revalúo de los inmuebles de los grandes terratenientes, es decir aquello inmuebles con una superficie superior a las 500 hectáreas para que paguen el impuesto inmobiliario a partir de una valuación que sea del 80% del valor de mercado promedio de los últimos cinco años.

Como este proceso de valuación exige un tiempo que puede prolongarse en el tiempo se prevé una disposición transitoria para que el valor fiscal actual de esos inmuebles se considere en dólares estadounidenses, con lo cual aumentaría considerablemente la recaudación.

La ley que se propone, establece que la diferencia de recaudación actual con la que se obtenga a partir de la nueva valuación tenga como finalidad exclusiva el financiamiento de planes de viviendas, infraestructura educativa y sanitaria.

Entendemos a este proyecto como un primer paso para obtener los recursos necesarios para ir resolviendo las necesidades populares, que surgen de los bolsillos de los grupos concentrados de la economía provincial y no del de los trabajadores ni compromete las finanzas públicas con mayor endeudamiento.

Es por todo esto que solicitamos la aprobación del presente proyecto.